En este escrito me referiré al libro “La Constitución de la Democracia Deliberativa” del filósofo, jurista y sociólogo argentino Carlos Santiago Nino. Nino estudió en la Universidad de Buenos Aire y, posteriormente se doctoró en la Universidad de Oxford y se desempeñó como académico en la Universidad de Yale. Entre 1983 a 1989 Nino colaboró en la transición a la democracia argentina como asesor presidencial de Raúl Alfonsín y coordinador del Consejo para la Consolidación de la Democracia. Reconocidos intelectuales se ha referido a la figura y aportes del jurista argentino.
3/3-Hans Kelsen: La Teoría pura del Derecho (por Jan Doxrud)
1/3-Hans Kelsen: La Teoría pura del Derecho (por Jan Doxrud)
A continuación examinaré la filosofía jurídica de Hans Kelsen (1881-1973), tal como la expone en su “Teoría pura del Derecho” (TPD), publicada en 1934. En la década de 1960, estando en Berkeley, aparecería una segunda edición expandida y sería también traducida al inglés. Kelsen nació en Praga que, en aquella época, era parte del Imperio Austro-Húngaro, hijo de Adolf Kelsen y Auguste Löwy. Tras graduarse del “Akademisches Gymnasium” cursó sus estudio en la Universidad de Viena donde obtuvo su Doctorado en Derecho (1906) y su posterior habilitación en 1911 para poder dictar conferencias sobre Derecho Público y filosofía legal.
5/5-El pensamiento político de Carl Schmitt: Teoría de la Constitución y Teoría del partisano (por Jan Doxrud)
Pasemos ahora a otra obra de Schmitt: “Teoría de la Constitución”. En la sección primera, Schmitt pasa a examinar los sentidos que tiene tal concepto. Comienza, en con el concepto absoluto de Constitución, esto es, la Contitución como un todo unitario. Para Schmitt, la Constitución en sentido absoluto puede significar, en primer lugar, la concreta manera de ser resultante de cualquier unidad política existente. De acuerdo a esto, Schmitt explica que a todo Estado corresponde una unidad política y un orden social, así como también unos principios de unidad y ordenación. Es, precisamente, esta situación de conjunto de la undiad política y ordenación social lo que Schmitt denomina como Constitución.
4/5-El pensamiento político de Carl Schmitt: “Lo político” (por Jan Doxrud)
Continuemos ahora con otra obra de Schmitt del año 1927: “El concepto de lo político”. Afirma Schmitt que resulta raro encontrar una definición clara de lo político y, en general, tal palabra se utiliza solo negativamente, es decir, en oposición a otros conceptos como el de economía, moral y derecho. Añade que casi siempre lo político suele equipararse de un modo u otro con los “estatal” o se lo suele referir al Estado. Pero este razonamiento, asevera Schmitt, en donde el Estado se muestra como algo político y, a su vez, lo político se muestra como algo estatal, constituye un círculo vicioso que no puede satisfacer a nadie
3/5-El pensamiento político de Carl Schmitt: (II) Teología política. Soberanía, decisión y excepción (por Jan Doxrud)
Pasemos a examinar el concepto de “decisión”. Explica Gabriel Negretto que la noción de decisionismo de Schmitt consiste en hacer de la autoridad soberana “la fuente absoluta de toda decisión moral y legal en la vida política”. Así, el decisionismo de Schmitt posee un rasgo autoritario y constituye una negación de los valores del liberalismo (que es una crítica que atraviesa la obra de este pensador). La “deicisión” también sería lo contrario a “discusión”, es decir, constituye la lápida a cualquier forma de deliberación racional y argumentación, señala Negretto. Y ene sto consiste el cocnepto de dictadura: el fina de la discusión, el fin del parlamento y del debate democrático.
2/5-La filosofía política de Carl Schmitt: (I) Teología política. soberanía, decisión y excepción (por Jan Doxrud)
Carlo Galli explica que el término “Teología Política” no fue inventado por Carl Schmitt puesto que habría sido acuñada por el joven Marx. El mérito de Schmitt fue el de reinventar el término, influido por la lectura del anarquista ruso Bakunin, y darle un primer impulso. Schmitt dedicó dos obras a la “Teología Política”, publicadas casi con medio siglo de distancia, señala Galli. En cuanto a su significado, Galli explica que la expresión “Teología Política” implica siempre la
1/5-La filosofía política de Carl Schmitt. Breve introducción (por Jan Doxrud)
En palabras de Carlos Peña, no hay ningún autor que haya dado lugar a lecturas tan divergentes como fue el caso de Carl Schmitt (1888-1985). Por su parte, el filósofo italiano Carlo Galli señala que, a pesar de los múltiples trabajos sobre Carl Schmitt, aun no se ha llegado a un consenso en cuanto a la “clave para descifrar su aporte intelectual”. Tenemos así al Schmitt como “jurista del Reich”, aquel que participó activamente del régimen nacionalsocialista uniéndose oficialmente al Partido, siendo nombrado por Hermann Göring como Ministerpräsident del Estado de Prusia. Fue también editor del Diario de los Juristas Alemanes, profesor de Derecho Público en la Universidad de Berlín y miembro de la Academia de Derecho.
5/5-Cambio de Constitución: experiencias en América Latina (por Jan Doxrud)
Pasemos ahora a la experiencia de distintos países en relación con este tema. Como señala el estudio del PNUD, el caso de América Latina (1947-2015), casi la mitad de los 28 cambios constitucionales realizados a partir del año 1947 fueron por medio de una Asamblea Constituyente (46%). Le sigue la vía del Congreso Constituyente que representa un 26% y después la vía “Poder Legislativo” con un 21%. En el caso del continente africano y asiático predominaba el comité de expertos. Examinemos brevemente algunas experiencias.
4/5-Cambio de Constitución: ¿cuáles son los mecanismos disponibles? (por Jan Doxrud)
En el comienzo de estos artículos mencioné a Fernando Atria y su postura frente a este Congreso Constituyente (CC). En primer lugar cabe señalar que, para Atria, el tema del mecanismo para llevar a cabo el cambio constitucional debe cumplir con 2 requisitos. El primero es ser “idóneo” y, con esto se refiere a que tal mecanismo no puede estar neutralizado por las disposiciones del Capítulo XV de la Constitución, específicamente los altos quorum que exige.
3/5-Cambio de Constitución: ¿cuáles son los mecanismos disponibles? (por Jan Doxrud)
Revisemos brevemente la propuesta del académico Patricio Zapata y la idea de una Convención Constituyente. Como ya expliqué en un artículo anterior, Zapata representa las posturas frente a este tema en tres categorías: pelucones conservadores, pipiolos revolucionarios y el demócrata reformista o republicano, siendo esta última la posición del abogado y académico. De acuerdo al autor, en lo que respecta al procedimiento para llevar a cabo un cambio constitucional, el republicano debe reconocer que, tal como está establecido en el Capítulo XV de la Constitución, los quórum de reforma son extremadamente altos
2/5-Cambio de Constitución: ¿cuáles son los mecanismos disponibles? (por Jan Doxrud)
Cuando hablamos de “mecanismo” estamos hablando de cualquier proceso que hace que algo funcione algo y, como añade Patricio Zapata, un mecanismo constituye un medio o un instrumento nacidos de una cierto teoría y puestos al servicio de una finalidad. Como nos revela la etimología de este concepto, la noción de “mecanismo” implica un conjunto de piezas que, unidas, hacen su trabajo. Por otro lado, cuando hablamos de “proceso” se refiere a la sucesión de estados de una cosa, de manera que este concepto lleva en sí y de manera implícita, el concepto de “cambio”.
1/5-Cambio de Constitución: ¿cuáles son los mecanismos disponibles? (por Jan Doxrud)
Continuamos con la serie de artículos dedicados a la Constitución así como también el debate en torno a esta en Chile. En estos nuevos artículos me propongo abordar los mecanismos por medio de los cuales se puede llevar a cabo el cambio del texto constitucional. Como bien señala el cientista político y académico de la PUC, David Altman, muchos de los problemas de la actual Constitución (no todos) no se deben necesariamente a sus contenidos, sino a cómo fue impuesta, por lo que su pecado es de origen (otros esgrimirán que se comete aquí la falacia genética) lo que significa que nuestra Carta Fundamental carece de legitimidad. Lo anterior se traduce en diversas críticas como que la Constitución carece de un respaldo popular, es anti-democrática o viola el principio de soberanía popular.
2/2- ¡Revolución! ¿De qué estamos hablando? (por Jan Doxrud)
Vamos sintetizando. En primer lugar tenemos que Revolución es un cambio brusco y radical, pero cabe preguntarse si acaso todo cambio brusco y radical constituye una revolución. En segundo lugar tenemos que una Revolución puede darse en diversos ámbitos (político, religioso, social, científico, tecnológico) En tercer lugar, una Revolución no va necesariamente de la mano con la moral y la ética, de manera que podemos preguntarnos: ¿para que una revolución sea, efectivamente, una revolución debe darse dentro de ciertos márgenes éticos? En cuarto lugar, las Revoluciones no traen necesariamente cambios positivos, de manera que podemos preguntarnos ¿deben las revoluciones traer cambios positivos para ser llamadas efectivamente revoluciones?)
1/2- ¡Revolución! ¿De qué estamos hablando? (por Jan Doxrud)
En este artículo examinaremos el concepto de Revolución. Como ya he señalado en otros artículos, el lenguaje y específicamente, los conceptos que utilizamos para comunicarnos, poseen un significado y designan algo en la realidad. Como escribió cientos de años atrás Francis Bacon (1561-1622) en su “Novum Organum”, el ídolo del foro o la plaza pública (suerte de prejuicios) consistía en el mal uso del lenguaje y, por ende, una falta de correspondencia entre los conceptos y la realidad. Así en su aforismo LX escribió:
11/17- La democracia totalitaria (por Jan Doxrud)
La idea del hombre nuevo es una presente en las religiones, pero también en otros personajes como Mao o Ernesto Guevara, y que va de la mano con una antropología anticientífica e ingenieril en virtud de la cual el hombre puede ser moldeado a voluntad por agentes externos. Robespierre, así como también Saint-Just, también cayeron en el embrujo de concebir la política como agente de regeneración moral o, como afirma Talmón, en un esquema utópico de legislación moral que estaría a cargo de las instituciones republicanas. En palabras de Talmón:
10/17-La democracia totalitaria (por Jan Doxrud)
Retomo aquí la serie de artículos que he escrito sobre la democracia. Esta vez examinaremos el fenómeno de la “democracia totalitaria”. La idea de que una sociedad debe (y puede) ser regida por un único y exclusivo principio rector que hace oídos sordos y ojos ciegos ante la diversidad, complejidad y el carácter sistémico de una sociedad no es nuevo. Esta no ha sido solo una pretensión de los monoteísmos universalistas y proselitistas, sino que también de los totalitarismos ideológicos como fue el caso del comunismo en el siglo XX.
2/2- El debate en torno a la Asamblea Constituyente (por Jan Doxrud)
Friedrich Hayek también era un crítico del positivismo jurídico para el cual es ley todo lo que una cierta autoridad declare legal, abriendo así la puerta al Estado policíaco. Hayek señala que Hans Kelsen y su formulación de la “teoría pura del derecho” significó el eclipse definitivo de todas las tradiciones de gobierno limitado. Continúa explicando Hayek:
1/2-El debate en torno a la Asamblea Constituyente (por Jan Doxrud)
8/8- Octubre de 2019: ¿El fin del “oasis” chileno? Diagnóstico de los intelectuales públicos (III) (por Jan Doxrud)
Otro intelectual público chileno es Axel Kaiser. En su libro titulado “La tiranía de la igualdad” (2015) no recordaba en sus primeras paginas un antiguo libro suyo del año 2007 titulado “El Chile que viene”. En este último, Kaiser señalaba que Chile se encaminaba al fracaso por el creciente de nivel de tensión social que no alcanzaría un punto de colapso, pero que periódicamente presentaría reventones. Frente a esto, añadía que la clase política comenzaría una competencia por mantener su popularidad, o lo que es lo mismo, el poder.